El vendedor tendrá que pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR), en caso de no exentar el impuesto. ¡Tranquilo! Existen formas dentro del marco jurídico para poder exentar el impuesto.
Por otra parte, el comprador tendrá que pagar; gastos por solicitudes ante diferentes dependencias, servicios, registro certificado de gravámenes, impuesto sobre adquisición de inmuebles otros le llaman, impuesto al traslado de dominio, derechos de registro público, honorarios del notario.